Buenas a todos, publico este nuevo tema a raiz de que me viene a la memoria una vez que me registraron y me encontrarón una china como un garbanzo( o menos)de grande con pelos y arena incustrados,que ni sabía que lo tenía en el bolsillo(lo juro).
Entonces el agente me dijo que eso era droga, que lo metería en un sobrecito y lo mandaría a Madrid, donde lo analizarian y pesarían.
Entonces, recuerdo que estuve un mes o más esperando la multa de 300 euros que nunca llegaría a venir, pero lo pasé mal.
Por eso, me gustaría saber de cuanto es la multa, según el peso y calidad aprehendidos.
Tambien me gustaría saber cuanto es" cantidad de notoria importancia" tanto de hachís como marihuana.
Y en el caso de que te cojan mucho, y no hallan pruebas de narcotráfico, si se han dado casos de condena de prisión.
Supongo que en cada pais será diferente, si quereis poner cada uno los datos de vuestros pais estaría de puta madre.
Gracias.Yo estube tratando de averiguar que pasa en argentina si tenes un cultivo grande y no vendes, porque en verdad me preocupa.
En argentina este año se estubo hablando de despenalizacion cosa que no se donde quedo.
Si alguien tiene info muchas gracias.
Estar en la cárcel no es un chiste y menos cuando no sos un criminal.Hola! en España las multas por pequeñas cantidades antes iban desde las 50.002 pesetas y creo que al pasarlas a ⬠mas o menos fue lo mismo, seguirán siendo alrededor de 300â¬, pero no sería raro que te subiera a 450 o 600⬠¿por qué? no sé, pero no siempre es igual la multa, y creo que tiene mucho que ver el hecho de que te pillen consumiendo o no, no sería lo mismo ir por la calle con un porro en el bolsillo que estar fumándotelo en la calle, la segunda cosa debería ser más multado.
Y para ir a la cárcel tendrías que vender marihuana, si te pillan vendiendo o alguien va de testigo diciendo que vendiste, más las típicas pruebas de pesa, escuchas, seguimientos, etc, pues seguro que te pasas unos meses como poco, y si te pillan plantas o materia en tu casa pero no hay indicios de que trapicharas pues se consideraría una cantidad fumable siempre que no pases de los 13,6gr por día, y en tu casa no puedes tener más cultivo que el que necesitarías para un año, o no podrías tener ya en seco más de lo que fumarías en un año, que son casi 5000kg, si tienes más se hace difícil decir que era para consumo, pero teniendo menos raro es que te cayera pena de cárcel.
Un saludo.Buenas , si las multas rondan entre los 300 y los 600 euros en españa , pero pupix aun si estar fumando por la calle te llegan a los 600 euros , recuerdo el caso de un colega que al ver que la policia paro enfrente de nosotros tiro lo que tenia ( un cogollo solamente ) i la multa fue de 600 euros i no a el sino a otro pibe que estaba con nosotros por tener un bote i una tijeras ( que es lo que utilizamos para picarlos ) en este casa fue para el pibe del bote por que el otro pibe no abrio la boca el mui ... pero aun asi es injusto desde mi punto de vista 600 euros por un cogollo..
Otro caso que queria compartir i a la vez preguntarles una cosa es :
En estos dias en mi pueblo me an parado 2 veses , la primera ves iba caminando por una calle i se arrimaron ensima de la acera lo cual no me dio tiempo a reaccionar i esconder lo que llebaba , se bajaron del coche saludaron mui respetuosamente i su pregunta fue la tipica , llevas algo de droga etc.. etc.. a la cual respondi que si ya que la iban a encontrar igualmente , i en ves de desir lo tipico de entregamela , saquesela etc... me preguntaron cuanta cantidad i les dije 1,5gr i me dijeron prosiga i no fume en zonas comunes lo cual yo segui con el tembleque en las piernas
El segundo caso iba yo con otro colega i paso exactamente lo mismo el pibe llebaba 1gr no mas que era lo que abia sobrado por que beniamos de fumar i el policia iso lo mismo le pregunto si tenia , que cuanto y lo dejaron seguir con el gramo ensima ...
mi pregunta es : sera que no cojen tan pocas cantidades por el simple echo de no estar con papeleo i rollos de esos por un simple gramo? o que la multa solo te la pueden poner si incautan mas de 3 gramos ?
PD: No a la legalización Si a la despenalizacion
Saludos ^^Hola! pues iba a decir la curiosidad que durante un tiempo aquí en Los LLanos la gente decía que no te multaban si llevabas menos de 5gr, más de uno me dijo que los propios guardia civiles le habían dicho que si pesaba menos de 5gr no te ponían multa, y dándose varios casos reales de gente que por encontrarles hachís o marihuana pero siendo poca cantidad y no les caía multa por ser menos de 5gr. Paletilla ibérica Barata - Comprar Jamón
Al principio no me lo creí, pero me lo dijo más gente, y me decían que sí, justamente lo mismo que ha dicho Omar, pero entonces eso significaba que la marihuana ya era Legal porque desde que haya una cantidad legal es que es legal, entonces la ilegalidad no sería la marihuana sino la cantidad de marihuana, sería una noticia como para salir a la calle a hacer fiestas para celebrarlo, pero en realidad a la gente le parecía algo normal.
Yo muy sorprendido de la noticia (cuando ya me lo llegué a creer) se lo decía a otra gente y ellos respondían con indiferencia, les daba exactamente igual, a casi todos los que se lo dije no le dieron nada de importancia y supongo que muchos ni siquiera se lo creerían.
Pues después de que ya hubiera pasado más de un año de que la primera persona me dijo eso pues ya nadie más me lo dijo, yo tampoco se lo dije a nadie más, y no sé si finalmente nunca fue así, si sigue siendo así, o si volvió a ser como en el resto de Spain, lo que no le veo sentido es que esta fuera el único lugar de España donde fuera legal llevar encima una cantidad de marihuana inferior a 5gr y todavía siga el San Benito de que aquí hay mucha presión policial sobre los fumetas o cultivadores.
Un saludo.He encontrado esto en Noticias Jurídicas:
.-Grandes dosis que suponen una cantidad de notoria importancia
Según el Acuerdo del Pleno de la Sala 2ª del Tribunal Supremo de 19 de noviembre del 2001, la agravante especifica de notoria importancia prevista en el articulo 369.3 del código penal se determina a partir de las 500 dosis referidas al consumo diario de cada una de las sustancias según el informa del Instituto Nacional de Toxicología de 18 de octubre de 2001. Para su determinación se tiene en cuenta exclusivamente la sustancia base o toxica, con la salvedad del hachís y sus derivados.
Algunos ejemplos de cantidades de notoria importancia:
Heroína 300 gr.
Morfina 1.000 gr.
Metadona 120 gr.
Cocaína 750 gr.
Marihuana 10 Kg.
Hachís 2,5 Kg.
Aceite de hachís 300 gr.
LSD 300 mg
MDMA (éxtasis) 240 gr.
Anfetaminas 90 gr.
En la sentencia 413/2007 de 9 de mayo, el Tribunal establece una interpretación a favor del reo aceptando que en los análisis de las sustancias respecto del pesaje y determinación de la pureza existe un margen de error de un 5%, en este caso la sustancia intervenida era de 303,55 grs. de heroína de la cual apreciando un simple error del 1,2% sale una cantidad de 299,91 grs., con lo cual ya no sería cantidad de notoria importancia.
La extrema gravedad prevista en el articulo 369 no se ha interpretado aún por el Pleno. La Sentencia 352/2007 de 23 de abril considera como extrema gravedad el exceso notable en comparación con la tenida en cuenta en la notoria importancia, â se trata de una agravación objetivada que comporta una mayor antijuridicidad de la acción, por el mayor peligro de difusión a terceros, en función de la mayor cantidad de droga que la misma comprende apreciando en esta sentencia dicha agravación ante 3,64 grs. de hachís.
5.- Cantidad destinada al consumo propio o compartido
La mera posesión de drogas por sí sola no es constitutiva de delito, puesto que puede ser obtenida para consumo propio, modalidad que es atípica , incluso cuando es adquirida por varias personas de común acuerdo para un consumo conjunto e inmediato, sin ánimo de revender.
ElTribunal Supremo utiliza una tabla elaborada por el Instituto Nacional de Toxicología el 18 de octubre de 2001 sobre las dosis medias de consumo diario, que se mantiene en su jurisprudencia, así las sentencias de 14 mayo 1990, 15 de diciembre de 1995, 1778/2000 de 21 de noviembre y de 1 de noviembre del 2003. El Instituto Nacional de Toxicología mantiene que un consumidor habitual suele adquirir para sí mismo la cantidad necesaria para 5 días, que son las siguientes:
Heroína 3 grs.
Cocaína 7,5 grs.
Marihuana 100 grs.
Hachís 25 grs.
LSD 3 mgrs
Anfetamina 900 mgrs.
MDMA 1.440 mgrs
¿De cuanto es la multa si...
Buenas a todos, publico este nuevo tema a raiz de que me viene a la memoria una vez que me registraron y me encontrarón una china como un garbanzo( o menos)de
maria
es
https://cdnimages.juegosboom.com/macetasysemillas.website/1220/dbmicrodb2-maria-de-cuanto-es-la-multa-si-567-0.jpg
2020-07-28

Si crees que alguno de los contenidos (texto, imagenes o multimedia) en esta página infringe tus derechos relativos a propiedad intelectual, marcas registradas o cualquier otro de tus derechos, por favor ponte en contacto con nosotros en el mail [email protected] y retiraremos este contenido inmediatamente